Contrato de alquiler de vivienda

Hace un año hice un contrato por un año de una vivienda, que no era renovable pero según me informe el art.9 de arrendamiento te da opción a seguir durante cuatro años más subiéndote el ipc, y ahora me viene el propietario con un nuevo contrato de alquiler que no varia en nada el contenido, solo la subida de ipc y la nueva fecha del contrato por otro año, todo lo demás igual que lo que firme el año anterior, vamos idéntico, pero me pregunto ¿debo firmarlo? Creo ademas que me serviría para estar hasta un año más, o de lo contrario no debería de firmarlo y seguir con el anterior, por supuesto no me niego a la subida del ipc .

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Lo que intenta evitar el propietario es que usted adquiera el derecho de quedarse 4 años más. Si no le ha informado de la resolución del contrato anterior con, al menos, un mes de antelación y de la creación de un nuevo contrato, NO TIENE PORQUE FIRMARLO. Otra cosa es que, ahora conociendo la posible intención del propietario, se lo comente y le diga que no tenga miedo por el tema de la renovación automática, que ya tiene, por cierto, y que si alguna vez necesita la vivienda que se lo comunique con dos meses de antelación y usted buscará otra, que no se preocupe. De esta manera ganará su confianza y mejorará sus relaciones personales.
Creo que no entendió mi pregunta, el contrato que me vuelve el propietario a poner para que firme creo que me beneficia, eso es lo que pregunto, ya que es idéntico al que firme el año pasado, por un año, y por lo tanto me da opción de nuevo a estar otros cinco años a partir de este contrato, ¿ o no es asi? Gracias es muy amable.-
Perdone mi mala interpretación, pero lo habitual es que cuando me preguntan, lo hagan por que piensan que no les beneficia en absoluto.
3. No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí.
Si esta cláusula está presente da igual renovar que no, ya que si necesita la vivienda, con una notificación será suficiente para poder volver a ocuparla.
Si firma un nuevo contrato y le notifica dos meses antes de su extinción la intención de ocupar la vivienda y la no prórroga de contrato, habrá perdido el derecho de prórroga que obtuvo con el primer contrato.

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