Teniendo un seguro de hogar y otro de comunidad, en caso de siniestro, la peritación del continente de tu vivienda particular ¿tiene esto en cuenta? ¿Se debe especificar en el contrato? Yo puedo tener intención de reducir el continente ya que las zonas comunes están cubiertas por el seguro de comunidad, ¿puede interpretar esto el perito, como un caso de infraseguro de tu continente al tasarlo en caso de siniestro si no se especifica?
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Respuesta de mavericks
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mavericks, Estoy harto de usuarios cabrones que no son mas que aprovechados,...
Cuando vives en un edificio de viviendas, son necesarios 2 seguros: 1- Un seguro de comunidad que cubra el valor de reconstrucción en bruto de la totalidad del inmueble 2- Un seguro en particular para cada vivienda, si así lo desean los propietarios, en el que se asegure un capital complementario que habitualmente suele ser de un millón de pesetas. Este capital se puede contratar como "complementario a la póliza de comunidad" o en la modalidad de "a primer riesgo". Adicionalmente se puede contratar el mobiliario y enseres, dentro del capital de contenido. Cuando contratas la segunda póliza, (hablando del continente, que es lo que te interesa) aseguras la reparación de los daños sufridos en los elementos de decoración de tu vivienda (pinturas, papeles pintados, alicatados), así como la rotura de las tuberías de agua que canalizan el servicio dentro de tu propiedad. Todos esos daños están garantizados, hasta el capital pactado (ese que habitualmente suele ser de un millón de ptas.). Pero MUY IMPORTANTE, debes de saber lo que contratas y como lo contratas. Si contratas ese capital como "complementario", debes de tener en cuenta que ese valor contratado se sumará a tu parte proporcional del seguro de comunidad. Y si no es suficiente, la aseguradora te podrá aplicar un infraseguro en caso de siniestro. Por otro lado, en la modalidad de "a primer riesgo", quiere decir que la compañía aseguradora no puede decirte nada aunque el valor del piso sea superior. Una vez explicados los conceptos previos, paso a responder tus preguntas: ? Todos los peritos tienen esto en cuenta. ? Si, se debe especificar en el contrato de tu vivienda, preferiblemente indicando también la aseguradora del edificio y el número de póliza. ? El perito no tomará esa reducción como infraseguro, en principio. Como te he dicho anteriormente es una circunstancia habitual, y la tienen en cuenta. Eso sí, verificará la existencia del seguro comunitario, y que se mantenga en vigor. Por último un par de consejos: Contrata "a primer riesgo", y antes de reducir el capital de continente, asegurate que tenéis la póliza de comunidad en vigor, y toma los datos para hacerlo constar en el seguro de tu casa