El seguro sólo cubre un porcentaje del daño. ¿Es legal

El asunto es que cuando construí la vivienda en la que vivo, contraté un seguro de hogar con la aseguradora que pertenece al banco con el que tengo la hipoteca. En el "continente" se puso la misma cantidad de dinero que figura como valor de la vivienda en la escritura de propiedad y que coincide además con el importe de la hipoteca. De esto hace un par de años, como mucho.
Resulta que ahora tengo una avería por fuga en tubería y el seguro me dice que sólo se hace cargo de un 68% de los gastos porque el valor de mi vivienda es superior al "continente" recogido en la póliza del seguro. ¿Es esto legal? A mí nadie me advirtió de esto cuando contraté el seguro y además esa valoración o tasación superior del valor de la vivienda ¿hasta qué punto es vinculante? Si Hacienda acepta el valor de la escritura y ellos en el momento de realizar la póliza no me advierten que no están de acuerdo con ese valor, ¿pueden ahora hacerse cargo sólo de ese porcentaje?
Yo entendería que en un caso de siniestro total de destrucción de vivienda no me abonasen más que el valor del "continente", pero no entiendo que tengan derecho a aplicar un porcentaje en una reparación por la razón que ellos esgrimen.
¿Qué puedo hacer?

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Si es legal y de hecho lo aplican. Cuando hay infraseguro se aplica una regla proporcional sobre lo que tienes contratado y lo que vale en realidad con el 100% indemnizatorio de los daños. Y si lo piensas bien, aparte de legal es lógico, ¿pues si no existiera infraseguro todos aseguraríamos la casa por 10.000 euros que puede venir en el valor catastral de la vivienda y si se nos quema la casa entera deberían pagarnos 100.000?
Por eso el capital que aseguras debe ser equitativo a lo que en realidad tienes, sino te encontraras en este caso para todo, incluso para indemnizar a un vecino, solo te pagaran parte...
No te fíes de los bancos a la hora de hacer los seguros, solo se interesan que quede cubierto el capital de la hipoteca, y el resto, continente, contenido y servicios no les importa demasiado.
Animo y suerte!
Para esta u otras cuestiones consúlteme en www.segurosuperfacil.blogspot.com
(No olvide votar al cerrar la pregunta.
Muchas gracias, experto:
Quería comentarte algo más. Ayer revisé la póliza y he observado lo siguiente:
Por un lado, mi valor de "continente" en la póliza está catalogado por ellos como "VALOR RECOMENDADO", que son alrededor de 110000 euros. Es más, yo en el recibo tengo un "continente" de unos 115000 euros. Después consulté las condiciones generales y dice que cuando el continente es catalogado como Valor Recomendado, la compañía aseguradora renuncia a aplicar cualquier regla proporcional. También dice que si la compañía estima, a lo largo del seguro, que hay que incrementar el valor de continente, debe comunicarlo al propietario por escrito con al menos dos meses de antelación y yo nunca he recibido nada al respecto.
Por otro lado, la póliza estipula que ante una avería urgente ellos se comprometen a solucionar la urgencia en 2 ó 3 horas. En caso contrario, se comprometen a devolver la anualidad entera que han cobrado. Califican urgencia una fuga que no se pueda parar o un corte de electricidad por avería. En mi caso, estoy sin agua, pues tengo que tener la llave de paso cerrada. Ya hace más de una semana que comuniqué el asunto y ayer me dicen que en esto de la urgencia "todavía están en plazo" ! Qué morro!
¿Cuál es tu opinión? Gracias de nuevo y un saludo
Pues si es cierto esa clausula de valor recomendado, estas en tu derecho de reclamar que no te apliquen ningún infraseguro. Claro, ahí también tiene la culpa el banco, pues seguro que tu vivienda no cuesta 110.000 euros, y ellos como te comente antes solo se dedican a asegurarse su hipoteca.
El seguro esta hecho en base a la hipoteca, no a la vivienda, y eso debes modificarlo a vencimiento pues solo te traerá problemas. Y por favor, no la hagas con el banco, no te beneficia nada.
Por otro lado, yo te aconsejo, que llegados a este punto reclames a la aseguradora todo! Y por escrito. Llamalos otra vez, pídeles el fax o el email de relcamacion y atención al cliente y enviales un fax con esa información que me explicas y les reclamas el 100% de la reparación y la devolución de la anualidad por incumplimiento de plazos de urgencia. Les amenazas también con llamar a un reparador particular si en el plazo de 24 horas no tienen solucionada tu avería y que luego les pasaras la factura a ellos y con demandarles si no cumplen lo contratado en póliza.
Ya me vas contando que pasa.
Animo y suerte!
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