He tenido un accidente y se me ha quemado el sofá me entra en el seguro del hogar.

La semana pasada fueron las fiestas de mi pueblo y unos gamberrillos echaron unos petardos por la ventana, y me quemaron el sofá, me nos mal que estábamos en casa y nos dimos cuenta, lo apagamos a tiempo y no paso nada mas grabe, tengo contratado un seguro del hogar con mapfre y en mobiliario me cubre hasta 22.500 euros, quisiera saber si me entra en el seguro y si me lo pueden cambiar.

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Cada seguro de hogar es distinto, no obstante, en términos generales y sobre los siniestros básicos, suelen cubrir lo mismo o algo similar,

Por tanto, LO NORMAL O HABITUAL sería que sí esté cubierto por su seguro de hogar.

La garantía de aplicación sería la de VANDALISMO.

Mire en su póliza qué dice sobre sobre la cobertura de vandalismo.

Por otro lado, el capital asegurado para contenido es importante, pero en este caso irrelevante, porque no puedo determinar si tiene o no Ud. algún infraseguro (es decir, si el capital de 22.500 euros resulta suficiente con relación al valor de los bienes que tiene Ud. en su vivienda). En cualquier caso, lo más probable es que eso no sea un problema.

Por otro lado también, lo normal sería que le indemnicen el daño efectivamente causado (si tiene reparación, y si la reparación no supera el valor real del bien dañado) o, en su defecto, el "valor real" del bien dañado.

Lo normal en estos casos NO ES que le paguen un sofá nuevo, sino el valor real del sofá dañado -salvo que figure estipulado a valor de nuevo o de reposición (lo cual, NO suele ser habitual en los muebles, pero para saberlo es necesario mirarlo en la póliza).

Busque en su póliza el apartado -valoración, indemnización, etc.- y ahí vendrá cómo se valoran los bienes asegurados (busque concretamente -muebles-).

También podría depender de la antigüedad del sofá.

Tipos de valores indemnizables:

Valor de reposición: es el valor de reponer el bien dañado de iguales características.

Valor a nuevo: es el valor de nuevo del bien dañado.

Valor real: es el valor de mercado del bien dañado (incluida la depreciación por uso y antigüedad, etc.).

Otros: a determinar:

EJEMPLO PRÁCTICO de valor real:

Si el sofá tiene cinco años y le costó mil euros, hoy valdría tal vez unos trescientos euros aproximadamente. (Eso lo determina un perito)

Lo que no hará la aseguradora es pagarle un sofá nuevo (porque Ud. lo ha usado cinco años), ni pagarle los mil euros que Ud. pago hace cinco años (porque Ud. lo ha utilizado durante cinco años), y además, tendrían en cuenta su estado antes del siniestro.

Ahora bien, si reparar el sofá cuesta doscientos euros (es decir, menos de su valor real), entonces le indemnizarían los doscientos euros (valor de reparación), y no los trescientos (valor real).

NOTA: lo anterior es sólo un ejemplo. En su póliza dirá si los muebles se indemnizan a valor real, valor reposición, valor de nuevo, etc.

IMPORTANTE: Lo más probable es que tenga que denunciar los hechos para poder hacer efectiva la garantía de vandalismo (en su póliza lo dirá -o no-)

Suerte.

Cris.

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