Revisión de precios en contratos con Admón -España

La ley dice que, para poder aplicar la revisión de precios a las certificaciones han de darse dos circunstancias: haber ejecutado el 20% del contrato, y que haya pasado 1 año desde la adjudicación.El problema está en lo siguiente (pondré un ejemplo):Supongamos que la adjudicación del contrato ha sido el 15-abril-07. Se supone que hasta el 16-abril-08 no se puede aplicar la fórmula de revisión de precios. Pero dicha fórmula se aplica sobre la relación valorada (certificación) del mes completo. Por lo que, lo del "año de ejecución" se aplica ¿sobre la fecha "15-abril-07" o sobre la fecha de la primera relación valorada (con fecha 30-abril-07)?.Si es sobre la fecha de la relación valorada, se contaría desde la certificación de abril-07. Entonces, si pasa un año, la primera revisión de precios ¿se aplica sobre abril-08 o sobre mayo-08? Muchas gracias.

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Se puede aplicar a partir de primer mes pasado un año,, pero para no tener problemas no se hace hasta acabada la faena con el cierre de la obra, ya que tendrías que hacerla una vez cada año y al acabar la obra, esto da mucha faena al constructor y a la propiedad y lo que ganas es lo mismo que si lo haces al final de obra, es una forma de tener contenta a la propiedad, lo de llevar la revisión de precios al día solo se hace con propiedades que así lo estipule o con las que te toquen las narices y quieras devolver el golpe, aveces también para darles faena para que no piensen en otras cosas,.

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