Reclamar daños al arquitecto
Hola, la pregunta es la siguiente:
Tengo una casa de propiedad de solo 2 años de antigüedad, recientemente en una pared de carga (no tabique) está entrando agua porque tiene el tubo del bajante de la vivienda hacia la alcantarilla y se filtra el agua, evidentemente esto no es normal y al tratarse de un elemento estructural (para mi lo pienso), creo que tengo derecho a reclamar a la constructora por estar dentro de los 10 años de antigüedad.Mi problema es que la constructora (una S.L.) estaba formada por una persona que murió el año pasado, me he puesto en contacto con la arquitecta que además era su mujer pero me dice que la sociedad ya no existe y que la pared aunque sea estructural no soporta pero pues la casa tiene pilares y que no es peligroso, con esta respuesta creo que quiere lavarse las manos. Puedo reclamar a esta señora al ser la arquitecta que firmó la obra y supongo que al ser la mujer del fallecido que era el administrador de la S.L. Que nos vendió la casa, o por el contrario al fallecer el constructor y no existir la sociedad no tengo derecho a reclamar la reparación de estos daños estructurales. Si no estoy mal informado creo que era obligatorio la contratación de un seguro de 10 años por parte del constructor para garantizar los daños estructurales.Me gustaría saber que puedo hacer o que derechos tengo.
Muchas gracias.
Tengo una casa de propiedad de solo 2 años de antigüedad, recientemente en una pared de carga (no tabique) está entrando agua porque tiene el tubo del bajante de la vivienda hacia la alcantarilla y se filtra el agua, evidentemente esto no es normal y al tratarse de un elemento estructural (para mi lo pienso), creo que tengo derecho a reclamar a la constructora por estar dentro de los 10 años de antigüedad.Mi problema es que la constructora (una S.L.) estaba formada por una persona que murió el año pasado, me he puesto en contacto con la arquitecta que además era su mujer pero me dice que la sociedad ya no existe y que la pared aunque sea estructural no soporta pero pues la casa tiene pilares y que no es peligroso, con esta respuesta creo que quiere lavarse las manos. Puedo reclamar a esta señora al ser la arquitecta que firmó la obra y supongo que al ser la mujer del fallecido que era el administrador de la S.L. Que nos vendió la casa, o por el contrario al fallecer el constructor y no existir la sociedad no tengo derecho a reclamar la reparación de estos daños estructurales. Si no estoy mal informado creo que era obligatorio la contratación de un seguro de 10 años por parte del constructor para garantizar los daños estructurales.Me gustaría saber que puedo hacer o que derechos tengo.
Muchas gracias.
Respuesta de crisdecas
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