Legalización obras reforma en vivienda,
Le pongo en antecedentes, para poder después plantearle algunas cuestiones.
Vivienda antigua, construida en suelo urbano.(Inscrita en el registro y en catastro)
Se pide licencia de obra menor (una vez iniciadas las reformas), tras inspección del Ayuntamiento, no se concede la citada licencia, por que las obras realizadas no se ajustan a las solicitadas.
En La petición de licencia solo se incluía alicatado de baño, pavimentación de suelo, cambio de ventanas sin afectar a dimensiones de luz.
Finalmente además de todo eso, se derriba un muro de carga y se sustituye por 2 vigas metálicas. Se ejecuta una segunda puerta en un baño con acceso desde salón-comedor-cocina (la primera puerta de acceso al baño está desde el dormitorio)
El ayuntamiento emite un Expediente de restauración de legalidad urbanística, en el que solicitan intervención de Técnico competente por modificar elementos estructurales y condiciones de habitabilidad.
El decreto de inicio de expediente sancionador ya se ha realizado por infracción urbanística.
Cuestiones:
1º Se puede legalizar la obra, sin que haya sanción a pesar de que ya se ha iniciado el expdte. ¿Sancionador y agotado los plazos de presentación de recurso?
2º Para legalizar la sustitución del muro de carga, por 2 vigas metálicas, ¿qué tipo de técnico puede emitir informe? ¿Se tienen que realizar cálculos?
3º Como se puede justificar la apertura de la puerta del aseo al salón-comedor-cocina.
Vivienda antigua, construida en suelo urbano.(Inscrita en el registro y en catastro)
Se pide licencia de obra menor (una vez iniciadas las reformas), tras inspección del Ayuntamiento, no se concede la citada licencia, por que las obras realizadas no se ajustan a las solicitadas.
En La petición de licencia solo se incluía alicatado de baño, pavimentación de suelo, cambio de ventanas sin afectar a dimensiones de luz.
Finalmente además de todo eso, se derriba un muro de carga y se sustituye por 2 vigas metálicas. Se ejecuta una segunda puerta en un baño con acceso desde salón-comedor-cocina (la primera puerta de acceso al baño está desde el dormitorio)
El ayuntamiento emite un Expediente de restauración de legalidad urbanística, en el que solicitan intervención de Técnico competente por modificar elementos estructurales y condiciones de habitabilidad.
El decreto de inicio de expediente sancionador ya se ha realizado por infracción urbanística.
Cuestiones:
1º Se puede legalizar la obra, sin que haya sanción a pesar de que ya se ha iniciado el expdte. ¿Sancionador y agotado los plazos de presentación de recurso?
2º Para legalizar la sustitución del muro de carga, por 2 vigas metálicas, ¿qué tipo de técnico puede emitir informe? ¿Se tienen que realizar cálculos?
3º Como se puede justificar la apertura de la puerta del aseo al salón-comedor-cocina.
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Respuesta de peckas
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