Una plica

He buscado por todo y no encuentro encuentro el significado de una PLICA en las licitaciones. Me imagino que es un acrónimo, ¿pero de que?
¿Cuál es el proceso en una licitación pública? Sería:
La administración encarga un proyecto--> Se concede--> lo publica y saca a licitación --> Las contratas presentan una PLICA --> Se concede por un acta de replanteo y se publica la concesión.
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Una PLICA es el conjunto de documentos que presenta una empresa como oferta a una licitación: propuesta económica, propuesta técnica, etc (según el tipo de licitación)
El proceso es el siguiente: la administración quiere encargar un proyecto (obra, servicio, etc) - se publica y saca a licitación - las empresas presentan sus ofertas (PLICAS) - se abren las plicas y se valoran - se realiza una adjudicación provisional - se realiza la adjudicación definitiva.

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Te dejo lo que dice la RAE:
Plica.
(Del lat. plica).
1. f. Sobre cerrado y sellado en que se reserva algún documento o noticia que no debe publicarse hasta fecha u ocasión determinada.
En cuanto al proceso de adjudicaciones está definido por la Ley de Contratos del Estado y más o menos es como tu lo expones, pero con alguna salvedad:
Los proyectos pueden salir a conscurso si tienen un importe elevado o bien lo pueden encargar directamente la administración o eleaborarlo sus propios servicios técnicos.
Se publica el objeto del contrato (Obra, proyecto, concesión, etc), en esta convocatoria se indican todos los requisitos que debe tener la empresa (solvencia técnica, clasificación, seguros de responsabilidad civil, obras ejecutadas, mejoras de plazos y lo más importante la oferta económica, todo esto se mete en un sobre cerrado (la plica) y se presenta en secretaría del ayuntamiento.
La mesa de contratación es la que selecciona la mejor oferta (la que tenga el precio más bajo, eliminando la mayor y la menor, además de valorar todos los demás aspectos, según una baremación que se anexa en la oferta, es como una oposición de méritos).
La resolución de la mesa es la adjudicación, la cual se publica en los boletines pertinentes (provinciales, autonómicos).
Ya sólo resta empezar la obra para lo cual se firma el acta de replanteo, en el transcurso de la misma se hacen otros actas, los cuales vienen recogidos en la LOE y CTE (final de obra). Después la administración hace una recepción provisional y posteriormente una definitiva, entregándose definitivamente la obra.

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