Dudas sobre las obras ite

Hola, buenas tardes
En la comunidad de vecinos la ite nos salio desfavorable (año 2008) .En el 2010 nos vino una carta del ayuntamiento informándonos que si no presentábamos el certificado de ideoneidad, el impuesto de construcciones e inst alaciones y la tasa por prestación de servicios urbanísticos tramitarían un expediente sancionador. Contratamos a un arquitecto, comenzamos las obras y entragamos el certificado de ideoneidad en el ayuntamiento. Al cabo de unos días nos llega otra carta del ayuntamiento comunicando que si no presentábamos alegaciones tendríamos una sanción de 15000 euros por incumplimiento de orden de ejecución de obras con fecha de 23/02/2009.Los impuestos y tasas no están pagados. ¿Una vez pagados nos quitarían la sanción ya que esta hecha la obra y entregado el certificado de ideoneidad? ¿La obra la tendríamos que haber hecho en 2009?
Un saludo y muchísimas gracias por su ayuda.
Rafa.
Respuesta
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En principio no tendría que haber problemas. Hablad con el arquitecto que os ha hecho las obras para que os haga un certificado conforme éstas están hechas. Luego habrá que negociar los diferentes impuestos y tasas a fin de parar la sanción.
Si todo esto no fuera suficiente deberíais pensar en contratar a un abogado porque la cosa se complicaría y tendríais que recurrir a otro tipo de alegaciones.
Buenos días,
Según la orden de ejecución del 2009 ¿Las obras las teníamos que haber realizado el año pasado?
Muchas gracias.
Un saludo.
Rafa,
Las ITE son inspecciones reguladas por normativa municipal. Siento no poder decirte mucho sobre si las obras las tenías que haber realizado anteriormente ya que cada municipio tendrá su propia normativa al respecto y es diferente de la de otro.
Tampoco creo que sea preceptiva una multa por hacer las obras tarde. En cualquier caso tendrían que haber llegado primero una orden de ejecución con plazo marcado y sanción en el caso de no iniciar las obras en ese plazo. Por lo que comentas sólo os llegó una carta conforme debíais iniciarlas o se abriría el expediente sancionador. Todos estos expedientes tienen por finalidad obligar a ejecutar las obras. No conozco qué figura urbanística os pueden aplicar para poner una sanción por no haberlas hecho con anterioridad. Pero si el asunto se complica os vuelvo a aconsejar que os asesoréis con un abogado. Ahí ya deja de ser un asunto técnico para entrar en asunto legal. De hecho las sanciones urbanísticas no las llevan en los ayuntamientos el departamento de urbanismo sino el departamento jurídico (abogados).

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