Licencia primera ocupación

Adquirí vivienda en 2007 en provincia BCN, constructor desapareció y nos faltó licencia primera ocupación. Ahora estamos a punto de conseguirla después de invertir mucho tiempo y dinero. Dicha licencia es la que nos permitirá estar completamente dentro de la legalidad y por tanto poder pagar el IBI entre otros. Cuando solicité hacer el pago de estos impuestos en 2007 me dijeron que no constaba a mi nombre hasta que no se obtuviese la licencia P.O. No obstante, ¿debo pagar el IBI de la vivienda desde que la adquirí o bien debo empezar a pagar desde el momento en que pase a mi nombre?

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Depende un poco del ayuntamiento y del proceso que se haya seguido. En principio el ibi se paga desde la primera ocupación, aunque si ha seguido un proceso de legalización pueden pedirte ibi con efecto retroactivo.
Al final sólo en el ayuntamiento pueden informarte de qué tipo de expediente hay y de si los impuestos van a ser con efectos retroactivos desde la finalización de las obras. Aunque no es habitual, ya que tampoco has tenido agua, ni electricidad, ni teléfono en estos años por culpa de esa situación.

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