Proyecto de leñera de vivienda unifamiliar
Soy Arquitecto Técnico, y me han ofrecido realizar un proyecto de una leñera en una vivienda unifamiliar.
Intentando interpretar la LOE, no me acaba de quedar claro si puedo realizar el proyecto o no.
Según se define en la anterior podría realizar proyectos de:
- Obras de nueva planta de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta.
- Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación en edificios existentes, que no tengan carácter de intervención total, no produzcan una variación esencial de su composición general exterior, de su volumetría o del conjunto del sistema estructural y no cambien el uso característico del edificio.
- Obras y construcciones que no tengan consideración de edificaciones.
Entiendo que una leñera es una construcción de escasa entidad constructiva... Que se desarrolla en una sola planta, pero me gustaría asegurarme de que realmente está dentro de los casos en los que un arquitecto técnico tiene competencia para realizar el proyecto.