Contratar luz

Tengo una vivienda en la cual estoy viviendo cuatro años y medio con luz de obra, El agua la di de alta en su día y no tuve ningún problema, pero la luz por problemas de potencia, ya que han obrado mucho por la zona nos vemos envueltos con muchos problemas, como por ejemplo, el microondas no calienta e incluso se para, los calefactores y el ordenador no se encienden la luz de la casa viene muy flojo, casi no se encide, y se estropean todos los aparatos eléctricos. Y han tenido que poner transformador para poder dar mejor servicio, El promotor nos puso un contador a las viviendas para cobrarnos la luz que gastamos ahora me ha llamado para decirme que va a ir a mi casa un operario de iberdrola para ponerme un limitador, y le pregunto y dicen que me dan de alta ellos la luz.
¿Mi Pregunta es si tengo que contratar la luz si puedo hacerla con el contador que tengo (que es el del promotor)o puedo elegir de alquile .?
La calle donde tengo la vivienda no tiene nombre ni número aún.
¿Si contrato ya con iberdrola se me solucionaran todos los problemas que tenga de luz o tendré que reclamar al promotor, o no tiene nada que ver?.

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Ante todo decirte que la situación en la que estáis ahora roza la ilegalidad, ya que la luz de obra no reúne los requisitos de seguridad necesarios para la vivienda. Los problemas que dices son por falta de potencia instalada ya que, seguramente, se instaló un transformador provisional para la obra y, al entrar a vivir más gente, el consumo se disparó, con lo cuál la caída de tensión aumentó tanto que limitó la tensión que os llegaba a límites inoperativos (menos de 200 Voltios). Con el transformador nuevo se solucionará ese problema.
Dar de alta la luz es obligatorio para poder tener suministro eléctrico ya que, de no tener contrato con ninguna compañía, en cuanto quiten la luz de obra te quedarías a oscuras. Además, al contratar, la compañía queda obligada a suministrar en perfectas condiciones, y el problema que tenías de baja potencia tendría que solucionarlo ellos o de lo contrario podría salirte gratis el suministro mientras no lo solucionen.
El limitador o ICP puedes alquilarlo a la compañía, al igual que el contador, y así pagas una cantidad casi testimonial en cada recibo y es la compañía la que tiene que hacerse cargo de las averías y problemas.
Aunque no veas el nombre de la calle y el número del portal, para hacer la cédula de habitabilidad con la que diste de alta el agua, el ayuntamiento ya les tiene que haber asignado, aunque luego lo cambien como me sucedió a mi. Si preguntas en el ayuntamiento podrán decirte cómo se llama tu calle y qué número tiene tu portal.

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