Contabilizar fras. De cursos de formación

Como contabilizar las fras. De una empresa que nos ha inpartido cursos a distancia; el importe lo hemos descontado de la seguridad social; pero no se si debemos nosotros contabilizarlas
Respuesta
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En el momento del devengo de los GASTOS DE FORMACIÓN
(649) a (410X)
Por el importe total de la factura.
En el momento del pago de los GASTOS DE FORMACIÓN
Si quien imparte la formación es una persona jurídica:
(410X) a (572)
Por el importe total de la factura.
Si quien imparte la formación es una persona física:
(410X)
Por el importe total de la factura.
A (4751X)
Por la retención a cuenta del IRPF.
A (572)
Por el importe líquido satisfecho.
En el momento de COMPENSAR las cuotas de la Seguridad Social
(476) a (740)
Por el importe a compensar.
Debe tenerse en cuenta que la REDUCCIÓN de las cuotas a liquidar a la Seguridad Social tiene la naturaleza de una SUBVENCIÓN A LA EXPLOTACIÓN que viene a compensar el GASTO EN FORMACIÓN devengado.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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