¿Qué libros tengo que presentar en el Registro? Cuentas anuales(balance, PyG y memoria) y algo más. Es necesario presentar diario, mayor..., ¿y cuadro de financiación?. Gracias.
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
Tres meses después del cierre del ejercicio, usted debe CERRAR LA CONTABILIDAD. En los TREINTA DÍAS siguientes, usted deberá presentar en el Registro Mercantil que corresponda al domicilio fiscal de la empresa, los LIBROS OBLIGATORIOS: el Libro de Inventarios y Balances y el Libro Diario; para que sean TALADRADOS. Dentro de los SEIS MESES siguientes al cierre del ejercicio se deberá celebrar la Junta General de Socios para la APROBACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES. Una vez aprobadas la Cuentas Anuales, dispone usted de TREINTA DÍAS para presentarlas A DEPÓSITO en el Registro Mercantil. Las Cuentas Anuales estarán formadas, como mínimo, por el Balance de Situación, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias y la Memoria contable. Pueden formar parte de las Cuentas Anuales, además, el EOAF y la Memoria de Gestión, así como la Memoria de Actividades Medioambientales, el Informe de Intangibles, etc. Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.