Leasing
El esquema contable de una operación de ARRENDAMIENTO FINANCIERO (leasing) es el siguiente:
Supongamos que estamos financiando el uso de un elemento de inmovilizado mediante un contrato de "leasing".
En el momento de adquirir el DERECHO DE USO del elemento de inmovilizado.
(217)
Por el PRECIO DE ADQUISICIÓN de los DERECHOS DE USO.
(272)
Por el importe de los intereses asociados a la operación.
A (178)
Por la parte de la deuda contraída cuyo vencimiento excede del ejercicio económico corriente.
A (528)
Por la parte de la deuda contraída cuyo vencimiento se producirá dentro del ejercicio económico corriente.
En el momento de satisfacer cada CUOTA.
(528)
Por el importe del principal de la Cuota satisfecha.
(472)
Por el importe del IVA soportado sobre la Cuota satisfecha.
(6622)
Por los intereses devengados por la parte de la deuda cuyo vencimiento excede del ejercicio económico corriente.
(6632)
Por los intereses devengados por la parte de la deuda cuyo vencimiento se ha producido dentro del ejercicio económico que se cierra.
A (272)
Por el importe total devengado en concepto de intereses.
A (572)
Por el importe total satisfecho.
En el momento de proceder al cierre del ejercicio.
(681) a (2817)
Por el importe de la dotación anual a la AMORTIZACIÓN del DERECHO DE USO del inmovilizado.
(178) a (528)
Por la parte de la deuda que pasa de LARGO a CORTO plazo.
En el momento de ejercer la OPCIÓN DE COMPRA del inmovilizado.
(528)
Por el importe del principal de la Cuota satisfecha.
(472)
Por el importe del IVA soportado sobre la Cuota satisfecha.
(6622)
Por los intereses devengados por la parte de la deuda cuyo vencimiento excede del ejercicio económico corriente.
(6632)
Por los intereses devengados por la parte de la deuda cuyo vencimiento se ha producido dentro del ejercicio económico que se cierra.
A (272)
Por el importe total devengado en concepto de intereses.
A (572)
Por el importe total satisfecho.
Al reclasificar los ACTIVOS.
(22X)
Por el PRECIO DE ADQUISICIÓN del inmovilizado.
(2817)
Por el importe de la AMORTIZACIÓN ACUMULADA del DERECHO DE USO del inmovilizado.
A (217)
Por el PRECIO DE ADQUISICIÓN del DERECHO DE USO del inmovilizado.
A (282X)
Por la AMORTIZACIÓN ACUMULADA del inmovilizado.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. No dude en ponerse en contacto conmigo para resolver nuevas dudas. Para ello puede formular una nueva pregunta en este foro.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro. Gracias.
Supongamos que estamos financiando el uso de un elemento de inmovilizado mediante un contrato de "leasing".
En el momento de adquirir el DERECHO DE USO del elemento de inmovilizado.
(217)
Por el PRECIO DE ADQUISICIÓN de los DERECHOS DE USO.
(272)
Por el importe de los intereses asociados a la operación.
A (178)
Por la parte de la deuda contraída cuyo vencimiento excede del ejercicio económico corriente.
A (528)
Por la parte de la deuda contraída cuyo vencimiento se producirá dentro del ejercicio económico corriente.
En el momento de satisfacer cada CUOTA.
(528)
Por el importe del principal de la Cuota satisfecha.
(472)
Por el importe del IVA soportado sobre la Cuota satisfecha.
(6622)
Por los intereses devengados por la parte de la deuda cuyo vencimiento excede del ejercicio económico corriente.
(6632)
Por los intereses devengados por la parte de la deuda cuyo vencimiento se ha producido dentro del ejercicio económico que se cierra.
A (272)
Por el importe total devengado en concepto de intereses.
A (572)
Por el importe total satisfecho.
En el momento de proceder al cierre del ejercicio.
(681) a (2817)
Por el importe de la dotación anual a la AMORTIZACIÓN del DERECHO DE USO del inmovilizado.
(178) a (528)
Por la parte de la deuda que pasa de LARGO a CORTO plazo.
En el momento de ejercer la OPCIÓN DE COMPRA del inmovilizado.
(528)
Por el importe del principal de la Cuota satisfecha.
(472)
Por el importe del IVA soportado sobre la Cuota satisfecha.
(6622)
Por los intereses devengados por la parte de la deuda cuyo vencimiento excede del ejercicio económico corriente.
(6632)
Por los intereses devengados por la parte de la deuda cuyo vencimiento se ha producido dentro del ejercicio económico que se cierra.
A (272)
Por el importe total devengado en concepto de intereses.
A (572)
Por el importe total satisfecho.
Al reclasificar los ACTIVOS.
(22X)
Por el PRECIO DE ADQUISICIÓN del inmovilizado.
(2817)
Por el importe de la AMORTIZACIÓN ACUMULADA del DERECHO DE USO del inmovilizado.
A (217)
Por el PRECIO DE ADQUISICIÓN del DERECHO DE USO del inmovilizado.
A (282X)
Por la AMORTIZACIÓN ACUMULADA del inmovilizado.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. No dude en ponerse en contacto conmigo para resolver nuevas dudas. Para ello puede formular una nueva pregunta en este foro.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro. Gracias.
Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
1