Devolución Fianza Sevillana

Muy buenas, me ha devuelto Sevillana la fianza de un contrato que hemos dado de baja, ¿a qué cuenta contable debo llevarlo? Muchas gracias

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En el momento de constituir la FIANZA usted debió realizar el siguiente registro contable:
(260) a (572)
Por el importe íntegro de la fianza entregada.
Al dar de baja el contrato y recibir la fianza devuelta deberá, por tanto, registrar:
(572) a 260)
Por el importe íntegro de la fianza devuelta.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. No dude en ponerse en contacto conmigo y formular nuevas consultas para resolver sus dudas.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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