Aplicación de resultados

Buenos días Franchyyy,
Como ves te tengo metido como experto favorito, así que espero no estés de vacaciones, o si lo estas, tengas un hueco.
Mi pregunta es la siguiente:
En el ejercicio 2004, segundo año de vida de mi empresa, hice una aplicación del resultado (de la perdida) como sigue:
Lo que hice fue:
(553)CCC con socios
A Aportación socios compensación pdas. (122)
Y
(122) Aport soc. Compensación pdas
a
Pda del ejercicio 2003 (129)
Mi pregunta es, ¿esto es correcto?, no debería de haber pagado el 1% correspondiente al impuesto sobre actos jurídicos documentados.

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Respuesta
1
Siento haber tardado pero si estaba de vacaciones..
Es correcto lo que has hecho pero el hecho imponible para que nazca la obligación de tributar por el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en este caso no se cumple, por lo que no tendrías que pagarlo. Si fueran letras de cambio, documentos notariales, constitución de capital social o ampliación, en general se aplica a los actos formalizados en documentos públicos.

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