Suplidos

La asesoría me envía una nota de los gastos con las facturas de notario, registro gastos que ha pagado en nuestro nombre. ¿Cómo tengo que contabilizar todo el proceso de suplidos?

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No se muy bien que es lo que quieres decir con "todo el proceso", pero los suplidos se meten en una 629.
La asesoría me ha mandado una nota no factura con el total de gastos que ha pagado:me envía facturas del notario, del registro y una entrega a cuenta del deposito de cuentas. Todo ello lo he contabilizado como cualquier factura de servicios exteriores:
623x
472x a 410x
Se me plantea la duda de cómo saldar cada acreedor y posteriormente contabilizar la factura que me emitirá la asesoría que aún no me ha emitido. Creo que la pasan a final de año.
Esto es a lo que me refiero con lo de todo el proceso.
Gracias por tu rápida contestación
Yo entiendo que la factura de la asesoría es independiente de todo eso y que tendrás que contabilizarla como cualquier otra, como has hecho con las de la notaría y demás..
Pero si lo que quieres decir es que tu asesoría te va a incluir esos suplidos en factura, lo que debes hacer es contabilizar las facturas del notario con los gastos pertinentes en el debe, y en el haber ademas de la 475 (retención) puedes echar el total a la 629 (en el haber). Y cuando contabilices la factura de tu asesoría a final de año, meter la 629 al debe por el mismo importe y en la 410 en el haber.
no se si me he explicado.
Seria:
623
472 a 475
A 629
(Para las facturas de notarios y demás)
623
472
629 a 475
A 410 (asesoría)
A 410 (varios suplidos)
(Al contabilizar la factura de tu asesoría. Y la 410 la saldaras cuando le pagues al asesor)
Respuesta
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Creo entender que solo te pasa en la factura los suplidos de esos gastos.
Pues bien, un suplido es cuando una empresa o profesional realiza encargos a favor de otro, asumiendo el gasto de las operaciones.
Al trasladar esos encargos no repercute el I.V.A. sino los gastos; por lo que no podrás deducirte el I.V.A., sino los gastos dentro del Impuesto de Sociedades.
La asesoría no me ha pasado todavía factura, creo que la pasa a finales de año. Ahora solo me incluye unas facturas por gastos de notario, registro... Ya he estado consultando todas las respuestas del foro pero no he visto ninguna que se parezca o al menos eso me parece. Gracias
En principio, deberás contabilizar la factura que pasa la asesoría por todos los conceptos que se reflejan en ella.
Si te fijas, solo tiene el I.V.A. en los servicios y no en los suplidos; esto es así porque el gasto lo soporta él a tu nombre pero no te refactura el I.V.A.
Para contabilizar esa factura, tendrás que utilizar la subcuenta 623 por la suma de todos los conceptos (salvo que estemos hablando de la constitución de la sociedad, en cuyo caso deberá ir a la subcuenta 200).
Por último, si estás interesado en el tema de los suplidos, puedes buscar las respuestas sobre eso mismo en esta subcategoría del foro.
Respuesta
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Es fácil ponlo en la 629.

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