Amortizar activos de una sociedad ante resultados negativos en la actividad empresarial

¿Hola quería saber que si una sociedad tiene un resultado muy negativo y quiere amortizar sus activos a la mitad del ritmo que sigue normalmente puede? ¿O vulneraríamos algún principio?. Muchas gracias

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En primer lugar hay que diferenciar entre la amortización contable y la fiscal.
En principio la amortización contable no está sujeta a ningún ritmo en concreto. De hecho la definición contable recoge la amortización como la depreciación efectiva sufrida por un elemento del activo. Por otra parte el principio de uniformidad establece que una vez adoptado un sistema contable se ha de mantener; no obstante el objetivo de los principios contables es el de representar la imagen fiel por lo que si la menor depreciación es real podría cambiarse.
En cuanto a la amortización fiscal, es decir al gasto que se puede deducir en el ISOC respecto a la amortización, esta sí está sujeta a unas tablas donde se fijan los coeficientes mínimos y los periodos máximos de amortización, a lo cual si ha de atenerse si quiere poder deducirse el gasto en el ISOC. No obstante es posible tener una amortización contable distinta a la amortización fiscal, esto se representa en contabilidad con las llamadas diferencias temporales en el ISOC.
En conclusión:
Es posible cambiar la amortización contable siempre que no se represente la imagen fiel de la empresa, (esto significa que no es posible, en teoría, disminuir la amortización por el mero hecho de querer minorar las pérdidas). En este caso hay que indicar dicha disminución en la memoria e indicar también por que motivo se hace.
Respecto a la amortización fiscal hay que atenerse a lo establecido en las tablas oficiales, ya que en caso contrario al final de la vida útil del elemento podrían dejarse de deducir amortizaciones por la vulneración del periodo máximo de amortización.

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