¿Las diligencias de embargo como se contabilizan? A que cuenta de gasto tienen que apuntarse
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
1º. Una DILIGENCIA DE EMBARGO no supone NINGÚN GASTO. 2º. La DILIGENCIA es el requisito previo para la ANOTACIÓN DEL EMBARGO en el Registro correspondiente (Registro de la Propiedad Inmobiliaria o Registro de la Propiedad Mobiliaria). 3º. La anotación del EMBARGO en el Registro correspondiente supondrá, en su momento, una LIMITACIÓN A LA DISPONIBILIDAD DE LOS BIENES Y DERECHOS EMBARGADOS. Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. Una vez FINALIZADA y VALORADA esta consulta, no dude en plantear NUEVAS preguntas para resolver sus dudas.
Por diligencia de embargo me refería sobre cuenta bancaria por multa emitida por la hacienda publica. Consulte y seria 6781 como gasto extraordinario. Muchas gracias