Pregunta sobre derecho registral

¿Puedo registrar el derecho de uso de una vivienda después de tener una anotación de embargo por una deuda de mi ex marido?

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El Registro de la Propiedad funciona bajo el principio de tracto sucesivo una vez iniciada la Hoja correspondiente. El que en la misma se encuentre anotada un embargo por impago de una deuda, no anula ni prohíbe el derecho de uso del inmueble, porque aquel se refiere la limitación de la disponibilidad dominical del mismo y ésta la nuda propiedad.

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Me impiden en el registro de la propiedad realizar la inscripción del derecho de uso de la vivienda a pesar de que esta recogido en el convenio ,por tener una anotación de embargo por parte del abogado del acreedor de mi ex marido .Me dicen que no ha caducado el asiento de anotación de embargo.¿puedo resolverlo de alguna manera?

¿Pero la negativa ha sido por escrito del Registrador de la Propiedad o el empleado que está en el Registro es quien le ha dado la respuesta?

La respuesta ha sido del registrador de la propiedad ¿puedo solucionarlo? porque si no se va a llegar a la subasta de la mitad el piso Pero si consigo registrar el derecho de uso de la vivienda esta no se puede tocar hasta que mi hijo sea mayor de edad ¿que puedo hacer?

Tendrá que contratar los servicios de un Abogado experto en Derecho Registral y Notarial para que le redacte un escrito dirigido a ese Registrador de la Propiedad instando a su pretensión, que le dará en un extenso informe, las razones jurídicas de su negativa, al tenor de lo que usted manifiesta haber obtenido por respuesta.

Ante dicha denegación, su Abogado presentará un recurso gubernativo ante la Dirección General de los Registros y del Notariado.

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