Contabilizar diligencia de embargo

¿Las diligencias de embargo como se contabilizan? A que cuenta de gasto tienen que apuntarse
Respuesta
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1º. Una DILIGENCIA DE EMBARGO no supone NINGÚN GASTO.
2º. La DILIGENCIA es el requisito previo para la ANOTACIÓN DEL EMBARGO en el Registro correspondiente (Registro de la Propiedad Inmobiliaria o Registro de la Propiedad Mobiliaria).
3º. La anotación del EMBARGO en el Registro correspondiente supondrá, en su momento, una LIMITACIÓN A LA DISPONIBILIDAD DE LOS BIENES Y DERECHOS EMBARGADOS.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. Una vez FINALIZADA y VALORADA esta consulta, no dude en plantear NUEVAS preguntas para resolver sus dudas.
Por diligencia de embargo me refería sobre cuenta bancaria por multa emitida por la hacienda publica. Consulte y seria 6781 como gasto extraordinario. Muchas gracias

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