En mi mano tengo un modelo 300 de iva presentado ya en hacienda. Los datos son: Total cuota devengada:11624,62 Total a deducir:24791,63 Diferencia:-13167,01 Atibuible a la Administración del Estado: -13167,01 RESULTADO: -13167,01 Compensación C:13167,01 ¿Cómo contabilizo el asiento? ¿Y su compensación?
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
1º. El saldo de la partida (472) recoge el importe total del IVA SOPORTADO por la adquisición de bienes y la recepción de servicios por parte de la empresa. 2º. El saldo de la partida (477) recoge el importe total del IVA REPERCUTIDO por la venta de bienes y la prestación de servicios de la empresa a terceros. 3º. Al CIERRE DE CADA PERIODO TRIMESTRAL se realiza el siguiente registro contable: Si el IVA REPERCUTIDO es SUPERIOR al IVA SOPORTADO (477) Por el importe total del IVA REPERCUTIDO durante el trimestre. A (472) Por el importe total del IVA SOPORTADO durante el trimestre. A (4750) Por el importe de la DIFERENCIA a ingresar en el Tesoro Público. Si el IVA REPERCUTIDO es INFERIOR al IVA SOPORTADO (477) Por el importe total del IVA REPERCUTIDO durante el trimestre. (4700) Por el importe de la DIFERENCIA a COMPENSAR en los periodos siguientes. A (472) Por el importe total del IVA SOPORTADO durante el trimestre. 4º. El IVA a COMPENSAR en los periodos siguientes se registra contablemente de la siguiente manera: Si el IVA REPERCUTIDO es SUPERIOR al IVA SOPORTADO y la DIFERENCIA entre ambos es MENOR o IGUAL que el IVA A COMPENSAR procedente de periodos anteriores (477) Por el importe total del IVA REPERCUTIDO durante el trimestre. A (4700) Por el importe a COMPENSAR en el periodo. A (472) Por el importe total del IVA SOPORTADO durante el trimestre. Si el IVA REPERCUTIDO es SUPERIOR al IVA SOPORTADO y la DIFERENCIA entre ambos es MAYOR que el IVA A COMPENSAR procedente de periodos anteriores (477) Por el importe total del IVA REPERCUTIDO durante el trimestre. A (4700) Por el importe a COMPENSAR en el periodo. A (472) Por el importe total del IVA SOPORTADO durante el trimestre. A (4750) Por el importe de la DIFERENCIA a ingresar en el Tesoro Público. Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. Una vez FINALIZADA y VALORADA esta consulta, no dude en plantear NUEVAS preguntas para resolver sus dudas.
2 comentarios
Hola, tengo un problema, que no se como tengo que hacer un asiento. He leído el comentario de arriba, y me ha resuelto las dudas que tenía, pero cuando hago el asiento, me queda descuadrado. He hecho lo siguiente:(477)457.28 a (472) 242.15 a (4700) 325.06, esta cantidad es la que tengo para compensar del periodo anterior.El asiento no me queda cuadrado, ¿Cómo debería hacerlo?gracias - lorits tss
Hola, tengo un problema, que no se como tengo que hacer un asiento. He leído el comentario de arriba, y me ha resuelto las dudas que tenía, pero cuando hago el asiento, me queda descuadrado. He hecho lo siguiente:(477)457.28 a (472) 242.15 a (4700) 325.06, esta cantidad es la que tengo para compensar del periodo anterior.El asiento no me queda cuadrado, ¿Cómo debería hacerlo?gracias - lorits tss
compensación iva - lorits tss