Obligación del modelo 130

El supuesto es el siguiente: una comunidad de bienes que se dedica al alquiler de locales comerciales y viviendas (a particulares). La comunidad presenta trimestralmente el modelo 300 por el iva de los locales, y anualmente los modelos 184,347 y 390. La duda que tengo es que si los comuneros deben de presentar el modelo 130 por el alquiler de viviendas a particulares.
Muchas gracias.

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Al existir ingresos si retención tienen que presentar el modelo 130, pero no por los alquileres de viviendas sino por todo, restando la retención que le hayan efectuado en el alquiler de locales.

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