Factura con suplidos

Mi empresa ha realizado un trabajo para un cliente, en el que también hemos corrido con ciertos gastos de alojamiento y viajes por desplazamiento. Me pidieron que, aunque las facturas de dichos gastos estaban a NUESTRO nombre, las metiese en nuestra factura a ellos como suplidos (de forma que no se pagase IVA por ellos).
Aunque insisten en que es correcto, tengo mis dudas por la información que consulto sobre los suplidos.
* ¿Es correcto incluir esos gastos como suplidos cuando las facturas de los gastos estána nuestro nombre, y no al del cliente?
* Si lo primero es correcto, entonces entiendo que también lo es el que nosotros hayamos contabilizado esos gastos (ya que están a nuestro nombre). La forma en la que lo hemos contabilizado es como un gasto normal contra la factura de gasto (descontando de Tesorería al pagarla), y luego contabilizando la factura al cliente.

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Respuesta
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Juanjo, todo lo que dices es correcto. Tú contabilizas los gastos por naturaleza, deduciéndote el IVA de las mismas. Al refacturarlos como suplidos (no olvides mencionarlo en la factura) no llevan IVA.
Gracias por la respuesta tan rápida.
¿Sería posible que me indicases alguna referencia documental (página o sección del PGC, o algo así) donde se explique el tratamiento de los suplidos (para no preguntar en el futuro por este tipo de cosas)?
Gracias otra vez.
Juanjo
El tema de la facturación de los suplidos nada tiene que ver con la contabilidad estrictamente hablando. Podemos encontrar información acerca de su facturación en la Ley de Iva, artículo 78. Tres, que es donde se regula que los suplidos no se integran en la base imponible del IVA respercutido por la venta.

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