Gasto o inversión amortizable
Somos una S.L. El año pasado, cogimos un local en alquiler en el que efectuamos una gran reforma que concluimos en diciembre. Por lo que la actividad (que concretamente es de restaurante cafetería) no comenzó hasta enero del 2008.
El contrato de alquiler es por 7 años y tenemos derecho a traspaso.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Como debemos contabilizar los gastos de la reforma del local (dicha reforma la hicimos por administración, osea contratamos directamente a los albañiles, compramos los materiales, y contratamos directamente con los diversos oficios, electricistas, pintores, fontaneros etc. Etc.) tenemos la duda si ponerlo todo como gastos con lo cual daremos en 2007 unas perdidas importantes y las compensaríamos con los posibles beneficios de los ejercicios sucesivos, o bien considerarlo como inversión en alguna cuenta del grupo 2 y amortizarlo en el periodo de alquiler. Tampoco sabemos si deberíamos contabilizarlo como derechos de traspaso.
En fin espero tener una respuesta aclaratoria antes de tener que presentar la el modelo 201 a fin de mes.
El contrato de alquiler es por 7 años y tenemos derecho a traspaso.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Como debemos contabilizar los gastos de la reforma del local (dicha reforma la hicimos por administración, osea contratamos directamente a los albañiles, compramos los materiales, y contratamos directamente con los diversos oficios, electricistas, pintores, fontaneros etc. Etc.) tenemos la duda si ponerlo todo como gastos con lo cual daremos en 2007 unas perdidas importantes y las compensaríamos con los posibles beneficios de los ejercicios sucesivos, o bien considerarlo como inversión en alguna cuenta del grupo 2 y amortizarlo en el periodo de alquiler. Tampoco sabemos si deberíamos contabilizarlo como derechos de traspaso.
En fin espero tener una respuesta aclaratoria antes de tener que presentar la el modelo 201 a fin de mes.
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Respuesta de indivisible
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