Indemnización

Buenos días,
Tengo una duda y es que nuestro seguro nos ha abonado en cuenta 2.000-euros de una indemnización de una de nuestras tiendas pero nos comenta que que el Iva de la reparación nos lo podemos deducir, por eso no nos lo indemnizan. ¿Cómo puedo contabilizar este ingreso? Directamente de 572 (banco) a 778 (¿ingreso extraordinario)?
¿I el Iva que me comenta el seguro?
Gracias!

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Respecto a la contabilización, el asiento a realizar es el que detallas. Es así.
Respecto al IVA, los seguros no lo incluyen en la indemnización porque el IVA no es un gasto. Cuando recibas la facturas o facturas de reparación, tendrás una base imponible de 2.000,00 (o más, dependiendo de franquicias, peritaciones, etc.) y un IVA de 320,00. Pagarás 2.320,00 al proveedor pero cuando hagas la liquidación de IVA te deducirás ("cobrarás") esos 320,00. Por lo que el importe del gasto es de 2.000,00. Por eso, indemnizan siempre sin IVA.

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