Contabilizar iva

Hola
Me gustaría saber si el asiento de liquidación trimestral del IVA se puede hacer en el mes siguiente al trimestre, es decir hacer en enero el cierre del iva del 4 trimestre del 2008.

1 respuesta

Respuesta
1
En realidad debes de hacerlo en la fecha del cierre del timestre.
Si por cualquier motivo, no lo has podido hacer ya que tienes cerrado el año, en realidad no pasa nada, pero si tu te fijas en el balance, en la partidas a cobrar estará incrementada por el iva soportado y en cuentas a pagar pasara lo mismo, por lo que cualquier ratio, análisis, etc que hagas del balance puede salir desvirtuado si no tienes estos datos en consideración

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas