Alta inmovilizado

Durante esta año compramos un compresor y se me olvido darle de alta en el inmovilizado y ahora no se muy bien como hacerlo.
¿Cuándo hay que presentar los libros y que libros se presentan?
¿El asiento del Iva del 4º trimestre del 2008 hay que ontabilizarlo dentro del 2008 o se puede hacer en enero del 2009?

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Respuesta
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Te respondo por partes:
1. Para dar de alta el compresor bastaría con meterte en el asiento donde contabilizaste la factura y sustituir la cuenta de gasto por una de inmovilizado.
2. Respecto a los libros, supongo que te referirás a los libros contables. Son cuatro, Diario, Mayor, de Balances y de IVA. Obligatorios son tan solo el Diario y de Balances. La fecha límite para su presentación en el Registro Mercantil es de 4 meses después del cierre del ejercicio. Si tu empresa ha cerrado el 31-12, la fecha límite es el 30-04.
3. Se pueden hacer las dos cosas pero lo más correcto es contabilizarlo en el 2008 a 31-12. De esta forma las cuentas 472 y 477 a 31-12 mostrarán saldo cero y en la 470 o 475 (HP deudora o acreedora) se reflejará el importe a devolver o a pagar.
Lo del inmovilizado lo he echo como dices, pero me he dado cuenta que la cantidad que figura en la cuenta del compresor es sin el iva, por lo que no es su valor real, figura por 11000 y su valor real son 12760 con el iva.
ufff... creía que tenía que presentarles a finales de este mes, me voy de vacaciones y no vuelvo hasta el 25... gracias...
He echo el asiento el 31-¿12 y las cuentas 472 y 477 me salen con los saldos trimestrales en el haber y un saldo final de todas sus sumas... esta mal?
Muchas gracias... es mi primer cierre contable
A ver. Eso de "valor real" olvídate. El valor contable, el gasto o inversión lo da siempre la base imponible. El IVA no es un gasto. Por lo tanto, has de inmovilzar el compresor por 11.000,00 no por 12.760,00.
Respecto a los saldos de las 472 y 477, no tengo muy claro qué quieres decir. La cuenta 472 tiene que tener siempre un saldo deudor o cero y la cuenta 477 acreedor o cero. Si no tienes ésto, has hecho algo mal.
GRACIAS... por aclararme lo del compresor...
El iva, automáticamente hace un asiento y es 477/472 y la diferencia a la 475, luego yo contabilizo el pago en la 475. Por lo tanto en la cuenta contable se suman todos los trimestres y ese es el saldo que tengo en la 477 y la 472.
Gracias.
Si no tienes más dudas, te rogaría puntuaras y finalizaras la pregunta.

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