Dudoso cobro dudas urgente

Tengo una pequeña duda, cuando realice una provisión (694 a 490) de un cliente de dudoso cobro tengo que hacerlo por el total o puedo hacer un porcentaje de esa deuda. Por ejemplo:
¿Tengo un cliente que nos debe 23.600? Realizo el ato. De clientes dudoso cobro:
¿436 a 430 por las 23.600?
Para realizar la provisión mi jefe quiere que sea del 40 % de la deuda por lo que seria el ato.
14.160 --- 694 a 490 --- 14.160
Esto puede ser así o por el contrario tengo que provisionar el total de la deuda.
Respuesta
1
Tu puedes provisionar el porcentaje que quieras ya que aunque el cliente sea dudoso es posible que solo estimes perdido un porcentaje del total y esto es lo que provisionas.
En cuanto a la segunda pregunta, si has hecho abonos por las facturas, el cliente contablemente no te debe nada, por lo que no puedes decir que es un cliente dudoso. ¿Qué argumentos tienes para decir que es dudoso si no te debe nada?
Lo único que podrías pasar a dudoso cobro serian los gastos de devolución que al parecer tienes en la cuenta del cliente. Otra forma es considerar esos gastos como comisiones pagadas por la empresa por lo que el cliente no te debería nada.
Si haces los abonos no es posible dotar provisión pues esta va en concordancia con los saldos de clientes de dudoso cobro.
De hacer algo yo haría: 1.- Hacer los abonos para anular las facturas no cobradas
2.- Los gastos de devolución soportarlos la empresa considerándolos como comisiones
un saludo
Hola otra vez, en realidad esta es la pregunta donde tengo más dudas en contabilidad, respecto a los impagados (clientes de dudoso cobro) son las siguientes: el año pasado 2008 nos impago un cliente varios recibos de varias facturas, estos recibos nos producen unos gastos que el bco. nos carga, nosotros se lo cargamos al cliente, hasta ahí todo bien. A final del año el gerente de la empresa nos pide que de las facturas impagadas se realicen abonos para poder descontarnos el IVA en el último trimestres, se realiza. Ahora en el cierre del año nos sale que el cliente está a cero (bueno solamente están cargados en el cliente los gastos de devolución) y nos pide que se lleve el cliente a dudoso cobro (436), como el cliente está a cero que asiento tengo que hacer para que salga la 436. Mi compañero me dice que hagamos el siguiente ato. 436 a 778, pero yo creo que está mal, primero porque no se tenía a hacer esos abonos y segundo porque para nosotros no es un ingreso sino un gasto que nos produce esas devoluciones. Yo creo que tendríamos que hacer que todos los abono ya que no se pueden anular porque ya se lo ha deducido del IVA y nos descuadraría yo realizaría el sig. asiento:
En vez de la cuenta del cliente en concreto (supongamos que es 430.100) lo llevaría a la cta. 430 gral. o sea así:
708
477 a 430
Y luego anularía la cta. de cliente con una 555 o similar.
¿Esto estaría bien?
Por otro lado está la provisión que me dice que solamente la haga por un importe parcial esto se puede hacer, ¿o por el contrario tiene que ser por el total?
Les agradecería que me contestaran rapido pues estamos cerrando (ya sabemos que un poco tarde pero es que este año tenemos Auditoria).
Te agradecería que me contestaras a las dos preguntas
Gracias a todos.
Ya se que está mal pero ahora lo quieren arreglar para que salga como dudoso cobro el cliente que nos debe, (al cliente no se le ha mandado ningún abono esto ha sido de forma interna), por eso decía que para arreglarlo (ya que estos abono ya se han declarado en el IVA) llevarlos todo a la cta. de clientes (430.0) y por tanto saldría la cta. del cliente impagado con su deuda, es decir con las facturas que nos debe, ya que como dice mi compañero sale mucho importe en la cuenta 778.0 y como se explicaría tanto ingresos excepcionales.
Creo que sería lo más correcto y la cuenta 430.0 cancelarla por 555.
Gracias por todo
Un saludo
Ahora entiendo algo mejor: Dejar en la cuenta de cliente el importe que os debe por las facturas y los gastos de devolución, dotar la provisión correspondiente y pasar el cliente a cliente de dudoso cobro.
En cuanto a los abonos yo los llevaría a una cuenta de menor ingreso, es decir, devoluciones de ventas o algo así (nunca en la 778 pues ademas de ser excepcional esta cuenta no adimite imputaciones en el debe pues para eso esta la 678)y lo contabilizaría en la cuenta 430 general o bien crearía otra para el mismo cliente con otro numero (si el programa te lo acepta).
Si en este año quieres volver a anular los abono para dejar la situación real conviene que lo lleves a una cuenta de balance pues si lo llevas a la de resultados estarías dando el gasto en un año y cuando anules los abonos das el ingreso en otro año distinto.

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