Renting

Hola, necesito ayuda pues tenía un renting en 2007 (duración 4 años) y ya se ha acabado pero hemos comprado la furgoneta por 3500 euros entonces creo que seria leasing según el nuevo pgc y deberíamos hacer el ajuste a 01/011/08 que es cuando yo inicio nuevo ejercicio pero me lio en como hacerlo pues la amortización es superior a esos 4 años, ¿alguien puede ayudarme? Mil gracias

2 respuestas

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Creo que este asunto es un poco complicado en la práctica, ya que según he leído en algunos libros especializados en auditoria, tendrías que valorar el bien, un elemento de transporte, por el valor de mercado en el momento de la adquisición (en tu caso 2007), calcular contablemente la amortización acumulada que se llevaría hasta el cierre de 2007 (que es la fecha a tener en cuenta para realizar la adaptación al nuevo PGC), y luego realizar los ajustes pertinentes para adecuar el importe de la deuda pendiente por el periodo pendiente del contrato de renting. Posteriormente, en el aspecto fiscal, tener en cuenta las posibles diferencias entre el gasto fiscal y el contable. Y también realizar el cálculo del interés implícito de la operación, ya que al ser un renting, no aparece ningún tipo de interés en el contrato.
Lo mejor y más práctico es que lo des de alta como inmovilizado en contabilidad por el importe de la factura de adquisición y comiences a amortizarlo ahora. Fiscalmente no vas a tener problemas y tienes que realizar menos ajustes contables y especualaciones de tipos de interés implícito.
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Entiendo que habéis hecho la opción de compra del vehículo en renting.
La diferencia entre el renting y el arrendamiento financiero es la opción de compra. En el renting no realizas la opción de compra o no se suele hacerla. El arrendamiento financiero, es una compra financiada de un bien tuyo
En el primer caso, durante cuatro años lo tendrías que haber contabilizado como arrendamiento, es decir gasto de la empresa (621), considerándolo un renting sin opción de compra. Por lo tanto, tienes que activarlo por el precio de compra en la 218, y amortizarlo los próximos años al 10%. Como el vehículo es un bien que no se revalorize o no suele, no me preocuparía por los cambios con el nuevo pgc.
Si era un arrendamiento, tendrías que haberlo activado hace 4 años como un bien en arrendamiento financiero y al pagar la última cuota, traspasarlo a las 218 por el precio total del bien, sin intereses, así como las amortizaciones del bien.
Si no has hecho esto último o no es tu caso, te remito al párrafo anterior.
Hola, gracias y te comento: en el contrato de renting no figura opción de compra por ningún sitio, pero al finalizar el contrato mi empresa y la entidad de renting han acordado un precio de 3500 euros (al principio era superior pero lo negociaron hasta esta cifra) por lo que me surge la duda de si se consideraría renting o leasing con el nuevo pgc. Yo lo he contabilizado como un renting desde el inicio (a la cta 621) pero a esta fecha tengo que cambiar y hacer el ajuste a fecha de inicio de ejercicio por el nuevo pgc o lo llevo ahora a la 218 ¿cómo serian los asientos?
Mil gracias
Ahora entiendo, El contrato de renting no ha cambiado, pero, se ha convertido en arrendamiento financiero, porque seguís pagando cuotas.
Por lo que el ajuste para convertirlo a largo plazo sería
- 218 (d) por el valor del bien que faltaría por pagar, incluida la opción de compra
- 174 (h) por la parte del largo plazo del bien que faltaría por pagar
- 524 (h) por la parte del año a pagar.
Mensualmente al pagar la cuota:
- 524 (D) por la parte de la cuota sin intereses
- 662 (D) por los intereses de la cuota mensual
- 572 (h) por el pago total de la cuota.
Todos los años antes del final del ejercicio, tienes que hacer un traspaso desde la 174 a 524 por las cuotas a devengar en el próximo ejercicio.
El último pago, correspondiente a la opción de compra:
- 524 (d) por la opción de compra
- 572 ( h) por pago efectivo.
No te olvides de amortizar anualmente a partir de la fecha de activación el bien contabilizado en la 218.
No no, el renting finaliza el 11 de agosto de 2009, ya he pagado la última factura y ahora se compra esa furgoneta por 3500 euros pero que en el contrato de renting no indicaba nada al respecto ha sido una decisión reciente han llegado a ese acuerdo,
¿Siento no haberme aclarado bien
como quedaría?
Pues tal como te indico en la anterior respuesta al final de tu ejercicio 2008, tendría que haber realizado la activación de las cuotas pendiente de pagos. Para durante el ejercicio 2009 realizar el asiento de mensual tal como te indico:
- 218 a 524 por las cuotas pendientes, más la opción de compra
- 524 y 662 a 572 por el pago de las cuotas
- 524 a 572 por la opción de compra, ya activada en la 218.
No olvides que el valor del bien es sin intereses. Eso te lo suelen indicar en los contratos renting y como solo hablamos de capital, divides el valor del bien por las cuotas a pagar.

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