Provisión consulta

Hola a todos, gracias de antemano por contestar mi pregunta.
Una vez hecha la provisión de estas cuentas: 436 a 430 y posteriormente 694 a 490...
Mi duda es, en la empresa en la que trabajo asegura sus ventas en una compañía XX la cual asegura el 80% y lo que hago es el 20% que en teoría es perdida.. Enviarla a 436 así la 430 me coincide con el pago de la compañía aseguradora, ¿este saldo que esta en la 436 seria incobrable que hago con el? ¿Lo dejo en la 436 o cual seria el procedimiento?
Gracias por contestar!

1 respuesta

Respuesta
1
Teniendo en cuenta que el 80% cubierto por la aseguradora no es un riesgo, sino una deuda más a corto plazo (las aseguradoras vienen a pagar 6 meses después de la aceptación del siniestro), los asientos serian:
1.- Cuando declaramos siniestro a la Cia aseguradora:
DB  436 ....100
HB  430 ... 100
DB  650 ...   20
HB  436 ...   20
Si la Cia. Aseguradora denegara cobertura del sinientro presentado, o si simplemente el cliente moroso no esta cubierto en póliza, el ultimo asiento seria:
DB  650 ... 100
HB  436 ... 100
3.- Cuando la Cia Aseguradora abona la indemnizacion:
DB  572 ... 80
HB  436 ... 80
La cuenta 436 sera pues la cuenta con la aseguradora, nos dice el saldo de indemnizaciones pendientes. Algunas empresas trabajan con cuentas 44 en lugar de 436, argumentando, con razón, que las indemnizaciones de la aseguradora son cobro cierto, y de esa forma se consigue un balance "limpio", sin tener que mostrar cuentas de dudoso cobro que no gustan a nadie: es correcto al existir contrato de seguro y disponer de documentación de aceptación de siniestros.
La cuentas 694/490 registran provisiones sobre riesgos latentes, aun no ciertos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas