¿Se puede considerar un inmovilizado?

Tengo una duda y te agradecería que si pudieras, lo resolvieras...
He recibido una factura, por un montaje y desmontaje de estanterías por valor de3.276,00+iva, que comprende montaje, tornilleria y desmontaje, pero no la compra de la estantería. La pregunta es si puedo contabilizarla como un inmovilizado y si no es así a que cuenta la podría llevar para que no se imputase todo el gasto en este mes.
GracIas.

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Yo no lo consideraría inmovilizado, ya que se refiere a trabajo que no puede considerarse objetivamente un bien duradero, como por ejemplo, instalación de parqué o eléctrica.
Otra cosa que estuviese incluido en la factura de la compra de la estantería, como "incluidos el desmontaje y montaje de la estantería".
Por todo ello, lo llevaría a la 622.
Si no quieres imputarlo todo en este mes, puedes periodificar el gasto por meses durante este año. Dividiendo el monto total por los meses que faltan para acabar el año.
ES una solución un poco "rídicula" en este caso, pero, no deja de ser un criterio o manera de contabilizar. Algunas empresas, utilizan la cuenta de periodificación, por ejemplo seguros y contratos, para no penalizar la cuenta de perdidas y ganancias en el mes del pago y distribuir el gasto durante el año.
No obstante, te recalco, que la distribución del gasto, debe ser durante este año.
Si no tienes más preguntas, no olvides cerrar y puntuar.

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