Alta como autónomo

Una persona se quiere dar de alta como autónomo para trabajar en una productora, ¿en qué categoría audiovisual lo haría? ¿Cómo tributaría, IVA e IRPF?
Gracias

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El epígrafe para esas labores como autónomo son las siguientes:
921 Actividades cinematrográficas y de vio (producción, distribución y exchibición)
922 Actividades de radio y televisión (producción, distribución y emisión)
Según sea productora para cine o para televisión y radio.
El IVA: como todos.: El 16% (las facturas tanto emitidas como recibidas tendrán esa tasa)
Declaracione trimestrales, entre las facturas emitidas y las facturas recibidas.
El IRPF: como profesional la retención del 15% sobre la factura.
Cada trimestre la liquidación por rendimientos netos del trimestre (ingresos menos gastos) el 20%. Esas cantidades se deducen del impuesto sobre la renta anual.
Estas son las lineas de la actividad tributaria.
Si tiene más dudas, vuelva a preguntar.

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