Partidas pendientes de aplicación

Buenos días experto, mi consulta es la siguiente: he recibido unos cargos en el banco de una empresa de suministro eléctrico que no corresponde a ningún gasto de la empresa. Investigando, resulta ser un gasto particular de uno de los socios de la misma. ¿Cómo contabilizo el pago del socio a la empresa del total de la deuda y el gasto que ha soportado la misma? Gracias de antemano
Respuesta
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En principio no hay que contabilizar ningún gasto, ya que no le corresponde a la empresa y si a un particular, que resulta ser un socio.
Por lo tanto, hay que asentarlo en la cuenta corriente de socios y administradores (551) hasta que este lo pague o se lo descontéis.
551 a 572 por el pago de esa factura de suministro
572 o cuenta compensatoria a 551 cuando se abone o se descuente.

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