Libro de actas

Hola, tengo junto con mi esposa una S.L.N.E vamos a cerrar el negocio y abrirlo para el mes de febrero, lógicamente le voy a dar de baja a la actividad pero no a la sociedad, mi pregunta es.
¿Tengo qué reflejarlo en el libro de acta de la sociedad?
¿Si lo tengo que reflejar lo tengo que llevar al registro mercantil? ¿Cuándo?
Muchas gracias
Respuesta
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Lo único que tienes que hacer es presentar en tu Delegación de Hacienda, el cese en la actividad en el modelo 036. E, igualmente, con dicho modelo efectúas el alta posterior en el mes de febrero.

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