¿Contabilizar un gto. Telefónico en cta. 628 o 629?

Hola,
Me gustaría que me ayudaras a definir como contabilizar un gasto de telefonía. Yo lo contabilizo en la 629 (en subcuenta creada para este concepto). El problema es que he consultado por internet y me encuentro respuestas que ambas son correctas. Yo personalmente considero que no es un gasto de consumo como pueda ser la electricidad o el agua, o el gas-oil.
Soy nuevo es todo experto. Tengo la misma pregunta formulada en tablón de anuncio. Disculpadme, no me manejo bien en foros.
Gracias de antemano.
Jose
Respuesta
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Claro que ambas son correctas, suelen ir en la 628 las domiciliaciones de agua, luz y teléfono pero no tiene la más mínima incidencia en el resultado una elección u otra.

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