Contabilidad asociacion "cluster"

Voy a empezar la contabilidad de una asociación sin animo de lucro, por la cual Hacienda nos ha concedido la excensión del IVA. El primer apunte bancario data del 09/11 y es el cobro de la cuota de un socio, realmente durante 2009 solo hay 6 movimientos dos de los cuales son cobros de cuotas y los otros son pago remesa tarjeta de crédito (dietas), gtos e ingresos bancarios.
Mis dudas son las siguientes:
¿La asociación tiene derecho a deducirse las cuotas de IVA soportado? ¿Tiene qué hacer alguna declaración como IRPF de profesionales? ¿Tendría qué contabilizar los seis movimientos bancarios en 2009, cerrar año y volver a abrirlo en 2010?

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¿La asociación tiene derecho a deducirse las cuotas de IVA soportado? No no puede deducírselas ¿tiene qué hacer alguna declaración como IRPF de profesionales? Sí práctica retenciones sí ¿tendría qué contabilizar los seis movimientos bancarios en 2009, cerrar año y volver a abrirlo en 2010? Creo que esmás correcto pero si lo incluyes todo en 2010 no creo que pase nada.

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