Indemnización

Buenos días.
Tengo una duda. ¿Si una empresa de transporte nos indemniza con 50,00? Por un error en su servicio. ¿Dónde debo contabilizar dicha indemnización?
Muchas gracias.
Saludos
Respuesta
1
No le des muchas vueltas, ya que el importe no es muy significativo y no es algo habitual. Una solución práctica es contabilizarlo al haber de la misma cuenta de gasto donde registres el coste del servicio de transportes.
No lo veo del todo correcto. Si tendría que utilizar alguna cuenta contable de grupo 7, ¿cuál le parece más correcta?
Muchas gracias de antemano.
Saludos
778 ingresos excepcionales, aunque en la definición del PGC habla de cuantía significativa.

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