Libro registros exigidos
Para la recuperación del IVA de uno de los inquilinos que no paga es requisito que dicha circunstancia quede reflejada en el registro de facturas expedidas, en tiempo y forma, mi pregunta es: ¿De qué manera queda esta circunstancia reflejada en dicho libro?
Hay alguna manera de deducirse el iva pagado este año, 2010, si anteriormente fue reconocida la deuda y se pudo recuperar el iva, el problema es que el arrendatario ha fallecido el juicio se ha alargado y no se puede disponer de la nave, ¿tengo qué seguir emitiendo la factura y no se como puedo deducirme el iva?
Resumiendo:
Como reflejarlo contablemente y como recuperar el iva pagado este año. Gracias
Hay alguna manera de deducirse el iva pagado este año, 2010, si anteriormente fue reconocida la deuda y se pudo recuperar el iva, el problema es que el arrendatario ha fallecido el juicio se ha alargado y no se puede disponer de la nave, ¿tengo qué seguir emitiendo la factura y no se como puedo deducirme el iva?
Resumiendo:
Como reflejarlo contablemente y como recuperar el iva pagado este año. Gracias
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Respuesta de mmclemente
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