Busco orientación sobre diferencias de obligaciones entre sociedades, autónomos y módulos

Hola experto.
Yo estudié contabilidad hace muchísimos años, pero nunca he trabajado de contable. Ahora me ha salido la oportunidad y tal como está la cosa, lo he aceptado.
Para tener un poco de orientación general (y actual) quería saber, la diferencia de obligaciones entre sociedades, autónomos y módulos.
Eso es todo... Por ahora... Muchas gracias por tu ayuda.
Saludos.

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Siento no haber respondido antes, pero es que me llegan muchas preguntas directas y a veces no puedo con todas. De todas formas te doy el consejo de que repases respuestas anteriores porque hay muchas preguntas que ya las hemos contestado en varias ocasiones, como por ejemplo ésta.
Te explico en términos generales las características de cada situación:
Un autónomo puede estar dado de alta en diferentes modalidades, de las cuales sólo en la estimación directa normal, está obligado a llevar contabilidad tal como una SL. En la directa simplificada sólo debe llevar libros de registro de compras, ventas y bienes de inversión y en la estimación objetiva tan sólo debe guardar las facturas. Te pongo un esquema para aclaración:
Estimación Contabilidad Libros
Directa normal SI Diario - Inventario, balances y cuentas anuales.
Directa simplificada No Ventas e ingresos - Compras y gastos - Bienes Invers.
Objetiva No No
Sociedades SI Diario - Inventario, balances y cuentas anuales.
La inmensa mayoría de autónomos en estimación directa lo están en la modalidad simplificada, pues la normal es voluntaria siempre que no se facture más de 600.000 euros en un ejercicio, en cuyo caso es obligada.
Si tienes más dudas, ya sabes.

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