Aportación familiar

Buenos dias, una s.l. Inicia su actividad en octubre de 2010, el padre de la socia mayoritaria y ademas administradora les presta mediante transferencia bancaria 10000 euros, en cuenta lo contabilizo? Teniamos que haberlo declarado en el modelo 123? Muchas gracias

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Si la deuda es a corto plazo puedes usar la 5135, si es a largo plazo la 1635.
Si no devenga intereses no es necesario el modelo 123
Primero muchas gracias por su ayuda, pero sigo teniendo algunas dudas, ¿a corto o largo plazo? No se, simplemente es un dinero que le deja un padre a una hija. Y respecto al 123, claro que no devenga intereses, ¿pero las aportaciones de los socios tampoco y si se incluyen en el 123 no?
Espero su aclaración, muchas gracias
Lo del corto o largo plazo depende del plazo de devolución del dinero. Si es indeterminado, es mejor dejarlo a corto plazo.
Lo de las aportaciones de socios es la primera vez que lo oigo. En el modelo 123 se declaran retenciones hechas por la empresa a terceros. Para que pueda haber retenciones debe haber pagos que retribuyan algo, no sería por el hecho de devolverles la deuda, por ejemplo.

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