Duda contabilizar

Buenos días mi pregunta es la siguiente:
¿Tengo qué hemos hecho un trabajo privado por el que hemos cobrado un efectivo por lo que no tenemos iva esto como se contabiliza?

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Si la naturaleza del trabajo está exenta de IVA, se debe emitir una factura legal, indicando la situación de exención de IVA y contabilizarla al Debe de la 430 por el Haber de la 705. Luego el cobro se contabiliza al Debe de la 572 por el Haber de la 430
Pero si de lo que se trata es de haber cobrado un trabajo en "negro", te recomiendo que no lo contabilices como tal. Si se ha ingresado en un banco, lo mejor es considerarlo como una entrega de un socio, haciendo el siguiente asiento: Debe de la 572 por el Haber de la 551. Y ya está. Lo mejor sería no ingresarlo en el banco y no declararlo, porque si una inspección lo detecta puede sancionar gravemente.

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