Iva en el Rebu

Compro un vehículo considerado como REBU, ¿y la empresa vendedora me emite la factura desglosando el IVA como he de contabilizarlo? Se desglosa el IVA para deducirmelo o considerarlo todo como gasto.(¿Compra)?

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Puedes deducirte el IVA y tomar solo como valor del vehículo la Base imponible.
Un vehículo no es gasto, es inmovilizado o activo.
Saludos y no olvides cerrar la pregunta
Perdona, pero se me paso indicarte que nosotros somos una empresa que se dedica a la compra/venta de vehículos tanto nuevos como de ocasión y usados.
Gracias
Entonces si sería gasto como compra de mercaderías y el IVA a declararlo normal.
Ojo al vender un vehículo en REBU, tiene unos requisitos a la hora de calcular el IVA.
Explico brevemente:
Es un régimen voluntario que se aplica en las ventas de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección. La base imponible en este régimen, se calcula sobre el margen de beneficio del revendedor, excluido el impuesto. Este margen debe ser superior al 20% del precio de venta del bien, o del 10% si se trata de automóviles.
Cuando compramos un coche por 3.000 € y lo vendemos por 4.000 € debemos comprobar que el margen de beneficio (1.000 €) es superior al 10% del precio venta del coche (10% de 4.000 € = 400). Debido al cumplimiento de esta condición deducimos que la base imponible es: (4.000 - 3.000 ) - 16% IVA = 840 €= Base Imponible.

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