Modelo 202

Buenas!
Tenía unas dudillas con respecto al modelo 202, y era para ver si podría ayudarme. Le comento:
Sé que este modelo es obligatorio para las empresas que han obtenido beneficios en el I.S.
También sé que los pagos fraccionados se presentan:
20/10; 20/12; 20/04.
Y la cantidad que se ingresa es el 18 % de la casilla 599 del modelo 201.
Para contabilizarlo se utiliza la cuenta (473).
Te comento todo esto que "sé" porque es como yo lo veo... Y puede que me esté equivocando en algo.. Y me gustaría que si es así me corrigieras.. Gracias.
Bueno mi duda es que, cuando se presenta en julio el I.S. Y yo del año pasado pagué más de lo que tenía que haber pagado, es decir, que me tiene que devolver hacienda, tengo entendido que en el siguiente año te lo descuentan del I.S., pero que te descuentan las 3 cuotas, o sólo las de Octubre y Diciembre; ¿Y la de Abril ya es para el siguiente año?
Espero haberme expresado bien.
Muchas gracias por tu atención.
Saludos.

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Las cantidades que pagas a cuenta del I.S. se van cancelando con la liquidación del impuesto. Si has pagado de más se compensará con los próximos pagos. Eso viene en los impresos oficiales pero nadia de va a descontar nada, lo tendrás que hacer tú al cumplimentar el impreso.
Y tampoco te van a devolver nada sino que lo restarás de futuras declaraciones.
Llama al 901 33 55 33 de Hacienda y que te pasen con "sociedades".

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