Ingreso o menor gasto

Mesurge una duda en la forma de contabilizar una partida, el caso seria el siguiente: Hemos solicitado 10 euros en efectivo a los participantes de un concurso que se ha realizado. ¿Cómo contabilizamos eso? ¿Contra ingreso o contra menor gasto? Sería mejor contra menor gasto, ¿verdad?.

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Necesitaríamos algo más de información sobre la operación, te indico algunas ideas de cómo contabilizarla.
Sería necesario conocer la naturaleza del cobro que se hace a los participantes del concurso. En este sentido se nos ocurren varias posibilidades:
- Es una forma de financiación u obtención de recursos de la empresa. Tanto si constituye o no su actividad principal, la empresa recauda más dinero que el coste del premio a entregar. En este caso, estimamos que deben figurar como ingresos, bien dentro del subgrupo 70 (705 "Prestaciones de servicios" por ejemplo) o bien en la cuenta 759 "Ingresos por servicios diversos" si no es un ingreso recurrente.
También podríamos encontrarnos en este supuesto, si la empresa puede obtener un rendimiento de los cobros realizados en función de la probabilidad de que nadie resulte premiado.
- Es una forma de minorar o cubrir parte de los costes del sorteo, entendemos que, en este caso, tu propuesta pasa por contabilizar un gasto por el resultado neto del concurso (especificando en la memoria la operación). Siempre sería más aconsejable que figuren por separado los ingresos para justificar los movimientos de caja, en concreto, origen de fondos y su posterior aplicación. Además, debes tener presente que no puedes incumplir el principio de no compensación del PGC donde se indica que no podrán compensarse las partidas de ingresos y gastos salvo que una norma disponga de forma expresa lo contrario.
Relacionado con lo anterior, también habría que analizar la naturaleza del gasto que el concurso supone para la empresa, para otorgar la misma al ingreso cobrado en efectivo a los concursantes. Por ejemplo, si el concurso se ha realizado dentro de la estrategia de promoción o publicidad de la empresa, los cobros se podrían registrar como otros ingresos de gestión.
Como ves, de la información que se deriva de tu consulta, hemos tomado como hipótesis de partida que el pago no es reintegrable a los concursantes bajo ninguna circunstancia, en caso contrario, habría que atender a las características concretas de la operación, si por ejemplo el abono de 10 € fuera un desembolso requerido para participar en el concurso y una vez formalizada la participación este importe fuera devuelto a los participantes, estaríamos ante una fianza.
Un saludo, espero que la respuesta te sirva de ayuda. Te indico diferentes canales en los que quedamos a tu disposición para cualquier ayuda que pudieras necesitar:

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