Fras posterior al cierre

Buenas tardes,

Acabo de comenzar en una empresa en que la contabilidad está sin actualizar desde el mes de Enero 2013. Acaban de entregarme facturas de 2012 sin contabilizar y no se como puedo registrarlas, porque ya está cerrado el ejercicio 2012 y se ha presentado 1T-2013.

Qué asientos debería hacer?.

Gracias de antemano

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La ley del IVA permite deducir facturas recibidas hasta un año después de su emisión. Es habitual que alguna se extravíe, por lo que puedes contabilizarlas en la fecha en la que has tenido conocimiento de ellas.

Yo lo que suelo hacer es contabilizarlas el primer día del trimestre en curso y hago una anotación que adjunto a la factura indicando que la factura se ha recibido fuera de plazo, y una breve explicación de por qué no se contabilizó en su fecha, por si alguna vez tengo que dar explicaciones, pero vamos, que es perfectamente legal y asumible contabilizar facturas fuera de su periodo, errores hay en todos lados.

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