Terreno de un almacén

Resulta que en una sociedad tienen como activo fijo un almacén pero el terreno es propiedad de una empresa vinculada. ¿Entonces seria necesario contabilizar el terreno aunque solo poseas el almacén? Es que según la definición de activo un recurso controlable también lo es. ¿Y la empresa propietaria del terreno que tendría que hacer realizar un contrato de alquiler para toda la vida útil del almacén o otro periodo? O no seria necesario realizar ningún contrato. ¿Y tendría que dar de baja el terreno o no? Por cuál valor inicial se tendría que dar de alta el activo en caso que sea necesario.

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Salvo mejor opinión, si el valor del terreno sobre el que está ubicado el almacén es significativo, en relación con el valor de la construcción, se registrará contablemente como un Activo Material el valor del mismo, aunque la propiedad sea de un tercero (sea parte vinculada o no), siempre que esté documentada, de manera adecuada y suficiente, la cesión de uso de dicho terreno por un plazo igual o superior a la vida útil de la construcción.

Para saber que el terreno no fue vendido junto con la construcción, en la Escritura de compra-venta del inmueble debe haberse hecho constar EXPLÍCITAMENTE este particular. No basta con que no aparezca detallado diferenciadamente el valor de dicho terreno.

Un atento saludo.

Y por cual valoración inicial pongo el terreno por el valor de mercado (valor de un terreno similar) o por lo que le costo a la empresa vinculada?

Salvo mejor opinión, el valor de reconocimiento del Activo debería de coincidir con el valor de adquisición del mismo que conste en la correspondiente Escritura. Dicho valor podrá ajustarse posteriormente si sufre depreciación según lo previsto en las Normas 2ª y 3ª de Registro y Valoración del vigente Plan General de Contabilidad.

Un atento saludo.

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