¿Quien puede instar una Quiebra fraudulenta?
Una empresa con la que mantenemos relaciones sin ser proveedores presenta en sus cuentas de 2011 un Patrimonio Neto Negativo (más de 36.000€).
A pesar de esta situación que entiendo es una Quiebra Técnica, y sigue operando como si tal cosa. Antes de asumir el riesgo de incrementar nuestras relaciones con ellos quisiéramos conocer un poco más sobre las consecuencias de dicha situación.
Por lo que sabemos, los administradores de una empresa cuyo patrimonio neto es negativo deben presentar concurso o restituir el patrimonio, cosa que no han hecho.
En caso de no hacerlo hemos visto en otra consulta de todoexpertos que si lo solicita un tercero "la QUIEBRA se denomina FRAUDULENTA y conlleva un AUTO DE PRISIÓN INCONDICIONAL dictado por el Juez contra los ADMINISTRADORES y otros ÓRGANOS DE DIRECCIÓN de la compañía".
¿Quién puede realizar una reclamación e instar la quiebra? ¿Solo los administradores? ¿Además de los proveedores y acreedores puede hacerlo alguien más (sin una relación mercantil con la empresa)?
¿Qué consecuencia tiene para los administradores de la empresa si no presentan la quiebra sino que esta es presentada por un acreedor o cualquiera que pueda hacerlo?
Si se diera esa circunstancia para nosotros podría suponer un elevado riesgo reputacional y operativo, por lo que necesitaríamos que alguien nos lo aclarase.