Saldo en cuenta 118

En el año 2010, trasladé un saldo que tenía en la cuenta 551 a la cuenta 118. Se trata de una deuda que la empresa mantiene con un socio desde hace tiempo y que ha ido aumentando con los años hasta llegar a casi 50.000 Euros, ya que dicho socio ha ido prestando dinero a la empresa por diferentes necesidades de tesorería. Se le han ido pagando pequeñas cantidades mensualmente a cuenta de esta deuda. Creo que es un error, pues parece ser que el saldo de la cuenta 118 solo puede compensarse con la 129.

En el año 2012 dicho socio se jubiló y vendió sus acciones a los otros socios. Pero esta cuenta continua activa y la deuda también. ¿Cómo puedo arreglar esto?

Respuesta
1

¿Pagando?

Verás, a mi entender tienes un problema serio, serio. Los préstamos socio/sociedad son operaciones vinculadas, sujetas a una fiscalización expresa según la Agencia Tributaria. Deben ser informadas expresamente en la memoria y en una declaración expresa que tiene la Agencia. Deben ser consideradas a precio de mercado y, por consiguiente, deben generar intereses a favor del prestamista, y se deberán realizar las retenciones oportunas sobre esos rendimientos.

Como imagino que nada de esto habréis hecho, cualquier cosa que quieras hacer para solucionar el problema es otro problema. Yo, por de pronto, llevaría ese saldo a una cuenta del grupo 5, donde se verá menos y será menos evidente. Como ya no es una persona vinculada a la sociedad, a partir de ahora puedes regularizar la situación como un préstamo cualquiera, y cumplir con la legislación, y esperar que nadie se fije que antes no lo hiciste bien.

Y documenta el tema haciendo un contrato de préstamo, si además pasas el contrato por el registro mercantil, más que mejor.

Eso es lo que yo haría.

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